ABU DHABI, 10 de julio de 2024 (WAM) -- El Tribunal Federal de Apelaciones de Abu Dhabi -Departamento de Seguridad del Estado- condenó hoy, miércoles 10 de julio de 2024, a 53 acusados, entre ellos dirigentes y miembros de la organización terrorista Hermanos Musulmanes, y a seis empresas, en el Caso n.º 87 de 2023 - Delitos contra la Seguridad del Estado, conocida en los medios de comunicación como la Organización terrorista 'Comité de Justicia y Dignidad', e impuso penas que van desde la cadena perpetua hasta una multa de 20 millones de dirhams.
El tribunal condenó a 43 acusados a cadena perpetua por el delito de crear, establecer y dirigir la organización terrorista 'Comité Justicia y Dignidad' con el fin de cometer actos terroristas en el país.
También condenó a cinco acusados a 15 años de prisión por cooperar con la organización 'Llamamiento a la Reforma' y abogar por ella en artículos y tuits publicados en plataformas de redes sociales, con conocimiento previo de su propósito de emprender acciones contra el país.
Asimismo, condenó a cinco acusados, cada uno de ellos a diez años de prisión y a una multa de 10 millones de dirhams, por el delito de blanqueo de dinero obtenido para los delitos de creación, establecimiento y financiación de una organización terrorista.
Además, el tribunal también falló a favor de imponer penas a seis empresas y a sus responsables, multando a cada uno de ellos con 20 millones de dirham, así como disolviendo y cerrando las sedes de dichas empresas, confiscando sus activos, sus derechos de propiedad tangibles e intangibles, fondos, bienes inmuebles y fachadas, y confiscando todos los materiales, equipos y pertenencias obtenidos y utilizados en la comisión de los delitos mencionados. Estos delitos incluyen el blanqueo de capitales cometido por un grupo delictivo organizado y el blanqueo de ganancias para financiar una organización terrorista.
El tribunal también dictó el archivo de las causas penales contra 24 acusados por delitos de cooperación y suministro de dinero a la organización, y la absolución de uno de los acusados.
Además, afirmó en la motivación de la sentencia dictada hoy que los delitos por los que han sido condenados los acusados consisten en la creación y dirección de la organización terrorista 'Comité Justicia y Dignidad', que son distintos y no guardan relación con los delitos por los que fueron juzgados en la causa nº 79 de 2012-Delitos contra la Seguridad del Estado. Además, las pruebas presentadas en la causa, incluidas las confesiones y declaraciones de varios acusados, las declaraciones de testigos y los informes técnicos presentados, fueron suficientes para demostrar la comisión de los delitos por parte de los acusados.
El tribunal verificó que los acusados forman parte de la organización 'Llamamiento a la Reforma' (de los Hermanos Musulmanes, que están clasificados como organización terrorista), que han trabajado para crear y reproducir en el país acontecimientos violentos, similares a los ocurridos en otros Estados árabes, incluidas protestas y enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad y las multitudes que protestaban, que causaron muertos y heridos y la destrucción de instalaciones, así como la consiguiente propagación del pánico y el terror entre la población, lo que creó una crisis que amenazaba la seguridad y la estabilidad generales, y la soberanía del Estado, al tiempo que ponía en peligro la vida de las personas y sus bienes.
Es importante señalar que la sentencia dictada en este caso puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo Federal.
El tribunal examinó el caso y prosiguió con el juicio, a lo largo de diez vistas, en las que veló por la protección de los derechos y garantías de los acusados, tal y como estipula la ley. También permitió a los acusados elegir a sus abogados, y designó un abogado para defender a aquellos que no lo habían designado por sí mismos. El tribunal escuchó sus defensas y los argumentos de sus abogados, y revisó los memorandos de defensa presentados por escrito.
Además, el tribunal también escuchó las declaraciones de los testigos durante las sesiones públicas, que permitieron a los acusados y a los abogados repreguntarles. La fiscalía presentó sus pruebas durante sus alegatos en sesión pública, que incluían las confesiones y reconocimientos de los acusados, las investigaciones y testimonios de agentes del Departamento de Seguridad del Estado, así como testimonios de expertos técnicos y sus informes periciales. Estas pruebas corroboraron la comisión de los delitos y demostraron la participación de los acusados en su comisión, así como las funciones que desempeñaron.
En un comunicado, el tribunal hizo hincapié en que estos delitos difieren de los delitos por los que habían sido acusados anteriormente en la causa n.º 79 de 2012 - Delitos contra la Seguridad del Estado. El tribunal también afirmó que los condenó de acuerdo con las leyes vigentes en el momento en que se cometieron, adhiriéndose así a los principios de la no aplicación retroactiva de las sanciones penales, así como al principio que prohíbe acusar a las personas por el mismo delito dos veces (doble incriminación).