DUBÁI, 10 de marzo de 2025 (WAM) – En su calidad de gobernante de Dubái, el vicepresidente y primer ministro de Emiratos Árabes Unidos, Mohammed bin Rashid Al Maktoum, emitió la Ley N.º 2 de 2025, relativa a los Tribunales del Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC Courts).
La nueva normativa regula los aspectos judiciales y administrativos de los DIFC Courts, en línea con las regulaciones existentes en el centro financiero.
La ley define el alcance jurisdiccional y garantiza la operación independiente de los DIFC Courts, que incluyen el Tribunal de Apelación, el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Reclamaciones Menores. Además, establece el marco de procedimiento para la designación del presidente del tribunal y del director de los tribunales, así como sus respectivas responsabilidades.
Como alternativa para la resolución de conflictos, la ley crea un Centro de Mediación, donde las partes podrán resolver sus disputas de manera amistosa con la ayuda de mediadores registrados en los DIFC Courts. El presidente del DIFC será el encargado de definir su funcionamiento, jurisdicción y procedimientos.
Bajo la nueva normativa, los DIFC Courts tienen jurisdicción exclusiva para conocer y resolver demandas civiles, comerciales y laborales que involucren organismos o instituciones del DIFC, ya sea como demandantes o demandados. También abordarán disputas relacionadas con sus actividades y empleados, así como cuestiones de fideicomisos, testamentos de no musulmanes y el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales conforme a la ley de arbitraje del DIFC.
Asimismo, la normativa otorga a los tribunales del DIFC competencia para atender solicitudes de medidas provisionales y cautelares en los casos bajo su jurisdicción, incluidas indagaciones sobre identidad y bienes. También podrán manejar solicitudes de arbitraje presentadas fuera del DIFC, siempre que se adopten medidas de protección dentro del centro.
La ley detalla la jurisdicción de los DIFC Courts en litigios y procedimientos probatorios, asuntos urgentes, ejecución de sentencias, excepciones a los requisitos de fianza compensatoria, defectos técnicos, errores procesales y plazos de prescripción.
Este marco legal sustituye la Ley N.º 10 de 2004 y la Ley N.º 12 de 2004 sobre los DIFC Courts, y deroga cualquier disposición en conflicto con su contenido. No obstante, los reglamentos y resoluciones emitidos bajo esas normativas seguirán en vigor hasta que sean reemplazados por nuevas disposiciones.
La ley será publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.